Los certificados de empadronamiento serán electrónicos en Madrid

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fonte elmundo

PABLO R. ROCES | MADRID

Los madrileños ya no tendrán que ir a una oficina de atención al ciudadano ni recurrir al correo ordinario para recibir un certificado de empadronamiento necesario para ejecutar gran parte de las gestiones administrativas en la capital. El Ayuntamiento de Madrid se encuentra ya “en la última fase” para hacer que este documento se consiga de “forma inmediata” y “en la sede electrónica”, señalan fuentes municipales a EL MUNDO.

Según los datos que maneja el Área de Hacienda del Consistorio, en el año 2019 se expidieron 300.000 certificados de empadronamiento, que acreditan la residencia y el domicilio necesarios para trámites en organismos judiciales; en el Registro Civil como matrimonios, adopciones o solicitudes de nacionalidad; para el reconocimiento de una situación de dependencia, o para la obtención del bono social. Casos en los que el volante de empadronamiento, del que se expidieron 1.400.000 el pasado año y que sí se puede conseguir de forma inmediata, no es suficiente.

En el equipo que dirige Engracia Hidalgo apuntan que esta medida permitirá “desahogar a los funcionarios municipales de una forma considerable” ya que no será necesaria su intervención con una firma. Este paso ayudará a su inmediatez, indican las fuentes consultadas, y además permitirá que se reduzcan de 15 a 10 los días hábiles para obtenerlo de aquellas personas que lo sigan solicitando por correo ordinario.

Para la solicitud de estos documentos el solicitante tendrá únicamente que identificarse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid y ahí podrá conseguir de forma inmediata dicho certificado. Fuentes de Hacienda consultadas por este diario indican que así se avanza en “la simplificación y agilización de uno de los trámites más demandados por la ciudadanía de Madrid”.

Además las mismas fuentes sitúan este cambio como “un primer paso” para continuar digitalizando otros trámites que en la capital aún se siguen haciendo de forma presencial o telefónica atendiendo así “a las sugerencias recibidas a través del sistema de sugerencias y reclamaciones” por parte de la ciudadanía.

La consecución del certificado de empadronamiento electrónico tendrá una única limitación y es que se limita a periodos posteriores a 1 de marzo de 1991 porque, según afirman fuentes municipales, “es la máxima antigüedad que permite su obtención automatizada, sin necesidad de comprobación o elaboración por parte de un empleado municipal”. Así todos los que sean anteriores a esa fecha deberán seguir realizándose de forma presencial o telefónica únicamente.

No obstante, en el Palacio de Cibeles, la corporación municipal confía en que la petición electrónica de este documento sea “la preferente” porque engloba “un periodo bastante amplio de empadronamiento” aunque los ciudadanos puedan seguir utilizando las dos opciones a las que se reducía en estos momentos la gestión de dichos permisos.

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